La muerte del joven gitano Daniel Jiménez en la Comisaría de Algeciras, el pasado 1 de junio de 2020 sigue muy presente para el colectivo de Juristas Gitanos que ha recurrido ante el Tribunal Constitucional el archivo judicial del fallecimiento.
Se recurre al alto tribunal al considerar que se han vulnerado derechos fundamentales de la familia de Daniel, tales como el derecho a la tutela judicial efectiva y el derecho a la utilización de los medios de prueba para la defensa. El recurso de amparo plantea, además, «una cuestión jurídica de gran trascendencia como es el deber de diligencia en investigación por parte de los jueces ante una muerte violenta bajo custodia policial», destaca la Asociación.
El 1 de junio del 2020, Daniel moría en su celda «en circunstancias que no han sido aclaradas», solo unas horas después de hablar con su padre por teléfono para informarle que sería puesto en libertad a la mañana siguiente. Según la versión policial, Daniel se suicidó ahorcándose. Apenas cuatro meses antes en la misma comisaría, Imad Eraffali, marroquí de 23 años, se ahorcó también. Su caso, al igual que el de Daniel, se archivó.
La familia de Daniel ha mantenido desde el principio su convicción de que no fue un suicidio. La aparición de un guante de látex en la cavidad gástrica del fallecido durante el examen forense «avivó las sospechas», explican desde la Asociación. «Con el solo propósito de esclarecer los hechos y depurar responsabilidades, se denunciaron los hechos ante el Juzgado de Instrucción nº4 de Algeciras que, a pesar de los antecedentes y la falta de claridad de lo sucedido, denegó la práctica de todas las diligencias solicitadas», denuncian. La jueza de instrucción se valió para fundar su decisión del atestado policial, del informe forense -sin fotografías de la autopsia- y de las imágenes de las cámaras de seguridad de la comisaría, «a pesar de que estas no muestran absolutamente nada de lo sucedido en el interior de la celda. No consintió, por ejemplo, pruebas tan básicas y necesarias como la toma de declaración de los policías que custodiaban a Daniel, ni de los otros detenidos que se encontraban en comisaría al momento de los hechos, ni del médico forense».
La defensa presentó recurso de apelación ante la Audiencia Provincial que fue desestimado, al entender esta instancia judicial que el deber de instrucción es limitado y que las diligencias han de ser pertinentes y relevantes -como si las que se solicitaron no lo fuesen-, dando por suficiente la investigación llevada a cabo por el juzgado de instrucción.
La abogada del servicio jurídico de Juristas Gitanos, Teresa Heredia, que toma el relevo de Manuel Reyes tras su incorporación a la judicatura en Sevilla, entiende que “una muerte como la de Daniel, estando bajo custodia policial, es siempre una anomalía que debe investigarse con mayor rigor por parte de los jueces, hasta agotar todos los medios de prueba razonables, más aún teniendo en cuenta que la comisaría de Algeciras no dispone de cámaras en el interior de las celdas, tal como exige la instrucción de la Secretaría de Estado de Seguridad”. Esta circunstancia, la ausencia de cámaras, produce una situación de mayor vulnerabilidad y desprotección del detenido, a quien se le priva de su medio de prueba más eficaz, por lo que las diligencias denegadas por el Juzgado de Instrucción primero y la Audiencia Provincial después, eran más que pertinentes y más que necesarias.